Inversión extranjera en México

Se entiende por inversión extranjera: (LIE 2)
II.- Inversión extranjera:
a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas;
b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y
c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley.

III.- Inversionista extranjero: a la persona física o moral de nacionalidad distinta a la mexicana y las entidades extranjeras sin personalidad jurídica;

VII.- Cláusula de Exclusión de Extranjeros: El convenio o pacto expreso que forme parte integrante de los estatutos sociales, por el que se establezca que las sociedades de que se trate no admitirán directa ni indirectamente como socios o accionistas a inversionistas extranjeros, ni a sociedades con cláusula de admisión de extranjeros.

Las personas morales extranjeras que pretendan realizar habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, se regirán por el derecho de su constitución, y deberán inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras las sociedades mexicanas en las que participe inversión extranjera.